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CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDAS DEL IDAE PARA LA ADQUISICIÓN Y USO DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS COMERCIALES DE MENOS DE 6.500 KG DE MMA.
El Boletín oficial del Estado publicó el pasado 3 de julio, la Resolución de 26 de junio del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria única del Programa de ayudas del IDAE para la adquisición y uso de vehículos eléctricos en el marco del Proyecto MOVELE.
El objeto del Programa de ayudas del IDAE es incentivar la adquisición y el uso de vehículos con tecnologías de tracción para que la principal fuente de suministro de energía sea la red general eléctrica, que favorezca el ahorro y la mejora de la eficiencia energética en el sector del transporte.
La ayuda podrá recaer sobre los vehículos nuevos de las siguientes categorías: motocicletas, cuadriciclos pesados, turismos o comerciales de menos de 6.500 KG de MMA y microbuses, que sean vehículos eléctricos (bev), vehículos híbridos enchufables (phev), vehículos eléctricos de autonomía ampliada (rEev) y que estén incluidos en el catálogo MOVELE. No serán elegibles los vehículos KM. 0, de gerencia, seminuevos, o de similares condiciones.
Las actuaciones incentivables serán aquellas destinadas a:
- Adquisición directa de los vehículos por el usuario final de los mismos.
- Actuaciones mediante arrendamiento. Para el otorgamiento de la ayuda, la empresa arrendadora del vehículo habrá de comprometerse a mantener el vehículo en su patrimonio por un periodo de duración mínima de 36 meses, o hasta que el vehículo haya recorrido una distancia mínima de 60.000 Km.
- Actuaciones de demostración de fabricantes, distribuidores e importadores de vehículos por las que arrienden vehículos de su propiedad a los usuarios finales de los mismos. Deberá existir el compromiso entre las partes de que la cesión del uso del vehículo lo sea para un periodo de duración mínima de 36 meses o bien si ocurriera antes, que dicho vehículo haya de recorrer una distancia mínima de 60.000 Km.
El importe de la ayuda por vehículo será determinado en función de la tipología tecnológica y la categoría o segmento a la que pertenezca dicho vehículo. Dicho importe viene determinado por un porcentaje del 15 ó del 20% del precio del vehículo antes de impuestos, dependiendo de la curva de eficiencia energética media.
La ayuda se incrementará en un 15% si se incorporan sistemas a bordo de seguimiento y monitorización de datos de consumo energético y en un 20% si se incorporan sistemas de gestión de la demanda, monitorización y análisis de datos en los puntos de recarga de las flotas de vehículos eléctricos.
Podrán acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada.
El Programa entró en vigor el pasado 4 de julio y el plazo para la presentación de solicitudes concluirá el 31 de diciembre de 2010, o cuando se agote el presupuesto disponible.
Las solicitudes se canalizarán a través de los comercios y concesionarios de vehículos adheridos al Programa.
Adjuntamos Boletín Oficial del Estado donde se publica la citada Resolución.
escrita el 10-07-2009